viernes, 26 de octubre de 2012

Un recuerdo, buena noticia

Ejecutando mi habitual y vespertino paseo por la prensa diaria de este nuestro país, y tras no hallar en el matutino nada más esperanzador que los brotes verdes que Su Majestad atisba en la debilitada economía de España, me detengo en una información que me ha provocado una sonrisa. Dada mi condición profesional, más bien mis condiciones profesionales, no tengo por menos que alegrarme, pues se trata de algo positivo para la abogacía y, sobre todo, para las familias.  No obstante, la sonrisa no me la ha provocado la noticia en sí misma, sino un recuerdo. 

Resulta que los magistrados han declarado inconstitucional el artículo 92.8 del Código Civil, que impide actualmente al juez conceder la custodia compartida de los hijos en los procesos de separación o divorcio sin el informe favorable del ministerio fiscal. Casi nunca existe tal informe, favorable, se entiende.

Hace poco estuve trabajando en un despacho de abogados en la ciudad alicantina de Elche. No fue por mucho tiempo, pero conocí a dos personas que, hoy por hoy, y ya desde la lejanía, continúan haciéndome la vida un poquito más fácil. Una era abogada, llevaba unos tres años trabajando allí, y la otra era la secretaria del bufete, una profesional como la copa de un pino que no perdía de vista un expediente aunque estuviese en el rincón más recóndito de las instalaciones. Me sentaba a su lado, y seguramente comparta conmigo este simpático recuerdo.

Lo cierto es que no recuerdo muy bien la historia de fondo, pero no me olvido de la sensación que a todas nos produjo. Mi compañera de profesión estaba llevando un asunto de familia, ya desde hacía un tiempo, que le traía de cabeza. Había pedido la custodia compartida de unos padres y el fiscal, nadie sabe cómo, había informado desfavorablemente. Suerte que en la Comunidad Valenciana se aprobó la Ley de Custodia Compartida, aunque tampoco asegura ésta al 100% pese a se la regla general. Ganó el recurso y su cliente, padre de dos niñas, disfruta a día de hoy la deseada custodia compartida. Una difícil batalla que hoy por hoy, y por el hecho de ser hombre, hay que librar con garra. Es bien sabido que en la gran mayoría de los casos son las madres las que obtienen la custodia de los hijos. Pues bien, mi compañera y amiga estaba desesperada. Le había tocado "bailar con la más fea", que en es este caso se manifestaba en forma de un buen padre de familia, que lo único que quería era evitar la "condena" de los fines de semana alternos.

En este caso, como en tantos otros, resultaba incomprensible tal informe del Ministerio Público, dado el contexto familiar. Desde hacía tiempo se llevaba desarrollando una custodia compartida de hecho, por expreso deseo de las niñas -una de ellas expulsada del domicilio materno después de una fuerte discusión-. Asimismo, el padre contaba con un horario de trabajo flexible, dado que el negocio era de su familia, por lo que podía hacerse cargo de las niñas. La ayuda que le brindaban sus familiares era completa y el interés de las menores exigía a gritos que se otorgara una custodia que les permitiera vivir con ambos progenitores. Llegados a este punto, quisiera hacer un breve inciso. Los expertos coinciden en que este tipo de convivencia familiar "aumenta la estabilidad emocional y social del menor, es buena para su salud y mejora su rendimiento académico". Es el caso del psicólogo José Manuela Aguilar, con experiencia en elaboración de informes periciales para los tribunales en asuntos de familia y autor de libros como "Con papá y mamá", en el que defiende este tipo de custodia (El País, 25 de octubre de 2012).  Con el artículo 92 sobre la mesa, nada puede hacer el juez si el fiscal no está de acuerdo. 

Mientras redactaba el recurso ante la Audiencia Provincial -la madre había recurrido la sentencia en Primera Instancia- la abogada suspiraba. Nos miraba mientras escribía, leía en voz alta una y otra vez para convencernos a las allí presentes y convencerse a sí misma de que sus propósitos eran justos. El fiscal no le había dado la razón. La nueva Ley de Custodia Compartida le avalaba, pero ese maldito informe seguía allí, en el expediente. Seguramente el juez lo analizaría, pues en su mano estaba otorgar dicha custodia. El juez lo tendría en cuenta, seguro. No había nada que hiciera pensar que Su Señoría fuera a fallar en su contra, más bien todo lo contrario. Sus argumentos eran consistentes. Pero ahí estaba. El informe. Finalmente la sentencia le dio la razón, como no podía ser de otra manera. Y no sólo por sentido común, sino también por su enorme esfuerzo y dedicación. Creedme cuando os digo que no ha existido ni existirá un escrito tantas veces leído, tantas veces corregido y tantas veces admirado. 

Puedo imaginar la cara que habrá puesto mi compañera Lourdes, que así se llama, al leer esta noticia. ¡Cuántos quebraderos de cabeza se habría ahorrado! ¡Qué fácil habría resultado todo! No obstante, ella habría hecho lo mismo que hizo, porque, a pesar de las buenas noticias, habrá que seguir convenciendo a jueces y fiscales. Sobre todo a los primeros. Avanzamos en la buena dirección.









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